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Carta de porte ADR: cómo se rellena para mercancías peligrosas

Con mercancía peligrosa la carta de porte es obligatoria siempre, sin umbral de precio. Qué datos exige el ADR, en qué orden deben aparecer, quién la rellena y qué pasa con la versión electrónica.

9 de julio de 2026

Carta de porte ADR: cómo se rellena para mercancías peligrosas

Con mercancía peligrosa a bordo, la carta de porte deja de ser opcional. No importa si el porte cuesta 80 euros o 8.000: el documento tiene que existir, tiene que llevar los datos que exige el ADR y tiene que acompañar al transporte desde antes de arrancar. Esta guía repasa qué debe incluir exactamente, quién la rellena y cómo encaja la versión electrónica.

Cuándo es obligatoria

La carta de porte nacional es exigible en la práctica en dos supuestos: cuando el precio del transporte supera los 150 euros y cuando se transportan mercancías peligrosas. En el segundo caso no hay umbral que valga. Da igual la cantidad, da igual el importe: si la carga entra en el ámbito del ADR, el transporte viaja con su documento de transporte con las menciones de peligrosidad completas.

Qué debe incluir según el ADR

Aquí se suman dos normas. La Orden FOM/1882/2012 pide el contenido general de la carta de porte (partes, mercancía, lugares de carga y entrega, precio) y exige incluir las menciones de mercancías peligrosas cuando aplican. El capítulo 5.4 del ADR concreta cuáles son. Para cada materia u objeto, el documento de transporte debe identificar:

  • El número ONU precedido de las letras "UN".
  • La designación oficial de transporte, completada con el nombre técnico entre paréntesis cuando el ADR lo pide.
  • La clase de peligro (los números de modelo de etiquetas que correspondan).
  • El grupo de embalaje cuando la materia lo tiene asignado.
  • El código de restricción en túneles, en mayúsculas y entre paréntesis, cuando el recorrido pasa por túneles con restricciones.
  • El número y la descripción de los bultos, y la cantidad total de cada mercancía peligrosa.
  • El nombre y la dirección del expedidor y del destinatario.

El ADR fija incluso el orden: número ONU, designación, clase, grupo de embalaje y código de túnel deben aparecer seguidos y sin datos intercalados. El ejemplo que usa la propia norma es "UN 1098, ALCOHOL ALÍLICO, 6.1 (3), I, (C/D)". El resto de la información puede colocarse libremente en el documento.

Expedidor y transportista deben conservar una copia del documento de transporte de mercancías peligrosas durante un mínimo de tres meses, según el apartado 5.4.4 del ADR.

Quién la rellena y qué papel juega el cargador

El Real Decreto 97/2014, que regula estas operaciones en España, lo deja claro en su artículo 35: el expedidor, o por delegación expresa suya el cargador, entrega la carta de porte al conductor antes de iniciarse el transporte. Tiene lógica. Quien conoce la mercancía es quien la envía: sabe el número ONU, la clase, el grupo de embalaje y las cantidades. El transportista no puede inventarse esos datos y no le corresponde hacerlo.

En la práctica, la parte que envía rellena los datos de la mercancía y responde de su exactitud. Un error en la clasificación no es un descuido administrativo: condiciona el vehículo, el etiquetado y la actuación de los servicios de emergencia si algo pasa. La documentación ADR completa incluye más piezas (instrucciones escritas, certificado del conductor), pero la carta de porte es la que ordena todo el envío.

¿En papel o electrónica?

El propio ADR admite sustituir el papel por tratamiento electrónico de datos, con una condición: los procedimientos deben garantizar, de manera al menos equivalente al papel, la fuerza probatoria y la disponibilidad de la información durante el transporte. Si la información viaja en formato electrónico, el expedidor debe poder presentarla impresa sin demora y con los datos en el orden exigido. La carta de porte electrónica tiene los mismos efectos legales que la de papel, también con mercancía peligrosa.

El contexto de 2026 empuja en la misma dirección. El documento de control electrónico es obligatorio desde el 5 de octubre de 2026, así que el resto de la documentación del transporte tiene todos los incentivos para dar el salto en el mismo movimiento y no mantener dos flujos en paralelo, uno digital y otro de carpeta y grapadora.

Emitirla sin pelearse con el formato

Porteo genera la carta de porte en digital y permite marcar la mercancía como peligrosa en el propio formulario, indicando su clase de peligro y su número ONU. Las firmas se coordinan por enlace y el documento lleva un QR verificable en carretera.

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